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Salvataje económico a la empresa metalúrgica Doe Run Perú SRL – Perú (página 2)



Partes: 1, 2

La empresa Doe Run
Perú S.R.L, como una empresa
transnacional subsidiaria del grupo RENCO;
el Accionista Principal o la Junta General de Accionistas
debieron tomar las medidas correctivas oportunamente en el
interior de su organización empresarial frente a la
insolvencia económica que se avecinaba, desde el mes de
setiembre del año pasado Doe Run Perú S.R.L
tenía la calificación de "riesgo medio
alto".

Como empresa conoce la marcha de su institución y sus
proyecciones a corto, mediano y largo plazo, las comunicaciones
internas son a tiempo real
dentro de la
organización (La Oroya-Cobriza-Lima-Missouri) en lo
que respecta al aspecto operacional, laboral, comercialización, estado
financiero, etc.

Así, cuando el CMLO generó utilidades, dichos
resultados fueron transferidos a la casa matriz del
Grupo RENCO. Dentro de esa crisis
ficticia, es inconcebible que la casa Matriz no activó su
Plan de
contingencias, para salvaguardar la producción y compromisos de venta asumidas
con anterioridad; sino, simplemente busca solución
moda, recurriendo
a un salvataje o la participación de INDECOPI para lograr
otros beneficios para el Grupo RENCO. La estratagema de cerrar o
paralizar las operaciones le
está generando buenos dividendos en el Perú.

Monografias.com

Fuente: J. Aste; Empresas
trasnacionales, estado y desarrollo
sostenible, caso Doe Run y Complejo metalúrgico, marzo
2002.

Empresarios peruanos en minería,
proveedores de
concentrados al complejo metalúrgico en mayor
proporción: Volcan Compañía Minera SAA;
Sociedad
Minera El Brocal SAA, Compañía de Minas
Buenaventura, Glencore, Cormin Callao SAC, para evitar que Doe
Run Perú S.R.L. fuese declarado en insolvencia
económica por INDECOPI, se comprometen a:

  • Avalar un crédito bancario revolvente de US$ 75
    millones, cuya vigencia considera hasta que Doe Run
    Perú S.R.L. pueda cumplir con sus pagos o hasta por un
    plazo máximo de dos años;

  • Entregar un crédito por US$ 100 millones en
    recursos mineros, para que Doe Run Perú S.R.L. pueda
    empezar a operar.

Para ello, DRP deberá necesariamente capitalizar una
deuda de US$ 156 millones que tiene con sus empresas
afiliadas. La Junta General de Accionistas, deben aprobar la
capitalización de las acreencias y ponerlas a
disposición del estado peruano por si no cumple con el
PAMA del CMLO. De solucionarse estos inconvenientes, el CMLO
estaría reanudando sus operaciones fines del mes de abril
de 2009.

Con fecha 27/03/2009, Doe Run Perú S.R.L y sus empresas
matrices
firmaron un Memorando de Entendimiento con el gobierno peruano,
estipulándose que la matriz de Doe Run Perú S.R.L
debe capitalizar las deudas pendientes con sus afiliadas como
parte de la solución integral así como la
conversión de deuda a capital, por otra parte
existe un compromiso de parte del Estado Peruano, materializar
sus esfuerzos con medidas concretas, proponiendo una
"solución viable y satisfactoria" a la empresa para
cumplir con sus obligaciones
del PAMA (El comercio,
24/05/2009)

A fines del mes de marzo, los productores mineros involucrados
en el apoyo a la empresa Doe Run Perú S.R.L, firman un
acuerdo para reinicio de las operaciones del CMLO, dentro de
estos acuerdos se consideraba la capitalización de sus
deudas
y entregar al Estado el 100% de sus acciones en
garantía por el cumplimiento de su PAMA; en esas
circunstancias, como paso siguiente las empresas mineras
proseguían con el préstamo de US$ 100 millones y
firma de las garantías ante entidades financieras por US$
75 millones.

A la fecha, Doe Run Perú S.R.L. no cumple con dicho
compromiso aduciendo que el Memorando de Entendimiento no
está siendo asumida por el estado
Peruano, como es la solución viable y satisfactoria, que
comprendería como punto principal una nueva prorroga de
parte del Gobierno para el cumplimiento del PAMA, que vence
indefectiblemente en octubre próximo. Además,
según la empresa queda por invertirse US$ 73 millones en
la ejecución del PAMA en concordancia a la
Resolución Ministerial Nº 257-2006-MEM/DGM;
habiéndose ya invertido alrededor de US$ 307 millones, del
cual no se tiene información oficial de parte del estado por
intermedio de SUNAT y CONASEV al respecto.

La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), como
entidad representativa del mundo minero, toma conocimiento
(13/03/2009) de las dificultades financieras de la empresa Doe
Run Perú S.R.L, respecto a la marcha operativa y
cumplimiento del PAMA; lamentando que la empresa no se esta
mostrando una firme vocación y decisión de
solucionar el problema (nota de prensa, SNMPE,
19/05/2009) e incumpliendo el Código
de Conducta de la
institución, del cual forma parte la empresa minera
metalúrgica

Según comentario del Sr. Luis Pablo Castillo,
presidente de la Federación Minera y representante de los
trabajadores de Doe Run Perú S.R.L., manifestó que
la línea del circuito de zinc no está funcionando;
mientras que los circuitos de
plomo y de cobre se
encuentran en una capacidad productiva de 30% y 35%,
respectivamente, con adquisición limitada de concentrados
al contado.

El Ministerio de Energía y Minas emite un comunicado en
el que la empresa DRP deberá cumplir la prorroga de su
PAMA de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº
257-2006-MEM/DGM, igualmente la empresa DRP en un comunicado
publicado en el diario El Comercio (05-04-2009) afirma que
cumplirá el PAMA y normas
ambiéntales dentro del marco de la ley.

De todas estas ocurrencias quedan varias lecciones:

  • El estado peruano al promover una licitación
    pública internacional, debe fiscalizar y evaluar
    correctamente quien o quienes son los nuevos empresarios que
    ingresaran al mercado peruano, para evitar este tipo de
    inconvenientes.

  • El estado peruano dispone de instrumentos legales y de
    gestión pertinentes; pero en el aspecto de
    fiscalización todavía es débil, se
    requiere mayor presencia y acciones coercitivas eficientes
    para hacer prevalecer la valía del estado, sin ir a
    extremos.

  • La participación de las comunidades campesinas,
    sociedad civil organizada, gobierno local y regional debe ser
    fundamental para evitar conflictos, frente al inicio de una
    actividad minero metalúrgico en la zona
    geográfica, durante el desarrollo del ciclo de vida
    del proyecto minero.

  • Mejoras normativas de estrategias para que un trabajador
    de una empresa minera, aparte de defender su fuente de
    trabajo, como es normal; no interfiera ni obstaculice las
    acciones de participación ciudadana (fiscalizaciones,
    monitoreos, etc.) y del estado peruano.

El estado, La población y los gobiernos local y regional,
están en la imperiosa necesidad de velar por la salud y mejor calidad de
vida de los pobladores de la localidad y la región;
exigir que la empresa Doe Run Perú S.R.L., cumpla sus
compromisos contraídos conforme a la Resolución
Ministerial Nº 257-2006-MEM/DGM y cumplimiento de las normas
vigentes para el caso ante la población oroina y regional,
que vence el mes de octubre de 2009 y que una nueva prorroga de
las varias en que el estado les concedió, solo
traerá problemas
sociales y ambientales a la región central del
Perú, como la de seguir soportando las emisiones de la
mega fuente (complejo metalúrgico) al ambiente de
Dióxido de azufre y material particulado con contenido de
metales
pesados por encima de los limites máximos permisibles,
afectando a la región central en su biodiversidad
y la salud humana, activos
inconmensurables que merecen respeto y
consideración.

Por el bienestar de la población y de los 3 500
trabajadores, dependientes directos de la empresa a atenuar su
preocupación. La empresa debe definir su posición
con transparencia frente a sus compromisos contraídos y
cumplimiento de las normas ambientales en vigencia.

 

 

 

Autor:

Ing. Agustín Mamani Mayta

Mayo 2009

Partes: 1, 2
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